Auditorías y Acciones Derivadas
La auditoría interna es una actividad que se desarrolla de forma independiente, objetiva, metodológica, sistemática, analítica e imparcial, fundamentada en los artículos 103 y 105, fracciones I, II, III, IV, XVII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII y XXVIII del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México; 1, 4, fracciones I y II, 6 y 7 de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México; 21 y 22, fracciones II, III y XI del Reglamento Interior del Instituto Electoral de la Ciudad de México y en cumplimiento del Programa Interno de Auditoría; contribuyendo a asegurar la correcta aplicación de los recursos y mejorar las operaciones de la organización; agrega valor pues favorece la oportuna detección de riesgos, prevención y corrección, ya que verifica la existencia de mecanismos de control implementados y su nivel de cumplimiento, con el fin de asegurar el adecuado manejo, aplicación y administración de los recursos.
Con el fin de lograr los objetivos antes expuestos, se instrumenta el Programa Interno de Auditoría, documento de carácter técnico que planifica y establece objetivos específicos y metas previstas, relacionadas con las tareas de fiscalización a cargo de la Contraloría Interna; aportando elementos para delimitar actividades y definir unidades administrativas, objetivos, justificaciones y criterios de selección que se integran a los proyectos de auditoría, así como parámetros que permiten la continuidad del programa a través de su seguimiento y evaluación en todas las etapas; además de, presentar de forma sistemática y lógica las acciones a evaluar y si estas contribuyen al logro de los objetivos institucionales.
Como resultado de sus tareas de fiscalización, la Subcontraloría formula observaciones y recomendaciones correctivas o preventivas que considera necesarias, las cuales fungen como sugerencias para solventar las causas que originaron las mismas, así como para evitar su recurrencia entre las unidades administrativas auditadas. El seguimiento es la actividad mediante la cual se evalúan las acciones realizadas por las unidades administrativas auditadas para atender las recomendaciones preventivas o correctivas, a fin de atender las problemáticas determinadas en las revisiones.
A continuación, se presentan los enlaces que permiten acceder a la información relativa a las auditorías practicadas y la información concerniente a las recomendaciones realizadas por esta Contraloría Interna.
Programas Internos de Auditorias
- Programa Interno de Auditoría 2025
- Programa Interno de Auditoría 2024
- Programa Interno de Auditoría 2023
- Programa Interno de Auditoría 2022
- Programa Interno de Auditoría 2021
- Programa Interno de Auditoría 2020
- Programa Interno de Auditoría 2019
- Programa Interno de Auditoría 2018
- Programa Interno de Auditoría 2017
- Programa Interno de Auditoría 2016
- Programa Interno de Auditoría 2015
- Programa Interno de Auditoría 2014
- Programa Interno de Auditoría 2013
- Programa Interno de Auditoría 2012
- Programa Interno de Auditoría 2011
- Programa Anual de Auditoría 2010
- Programa Anual de Auditoría 2009
- Programa Anual de Auditoría 2008
Informes y Cédulas de Observaciones y Recomendaciones
- Auditorías y revisiones 2024
- Auditorías y revisiones 2023
- Auditorías y revisiones 2022
- Auditorías y revisiones 2021
- Auditorías y revisiones 2020
- Auditorías y revisiones 2019
- Auditorías y revisiones 2018
- Auditorías y revisiones 2017
- Auditorías y revisiones 2016
- Auditorías y revisiones 2015
- Auditorías y revisiones 2014
- Auditorías y revisiones 2013
Auditorías y Acciones Derivadas
Procesos Electorales y Participativos
La Contraloría Interna acompaña y proporciona seguimiento a las actividades que se desprenden de los procesos electorales y de participación ciudadana, con el propósito de que se lleven a cabo bajo los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, transparencia y objetividad; definiendo en su caso, áreas de oportunidad y propuestas de mejora continua, en términos de lo preceptuado por los artículos 105 fracciones V, XX y XXVIII y 106 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México; 22, fracciones XI, XIII, XIV, XVIII y 23 del Reglamento Interior del Instituto Electoral de la Ciudad de México.