PLATAFORMA DIGITAL

ASAMBLEA CIUDADANA

Las asambleas ciudadanas son el máximo órgano de decisión comunitaria en cada una de las unidades territoriales en que se divide a la Ciudad de México, son públicas y abiertas.

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¿Quiénes pueden participar?

- Las personas habitantes y vecinas de la Unidad Territorial. Las personas ciudadanas que cuenten con credencial de elector actualizada, de dicho ámbito, tienen derecho a voz y voto.

- Niñas, niños y personas jóvenes menores de 18 años con derecho a voz. Las personas de 16 y 17 años tendrán derecho a voz y voto identificándose con su CURP, que acrediten su residencia en el ámbito territorial donde participan.

- Las personas congregadas por razón de intereses temáticos, sectoriales o cualquier otro, a título personal, cuyo domicilio corresponda a la Unidad Territorial en la que se efectúe la asamblea.  

¿Cómo funcionan?

- La Asamblea Ciudadana es convocada de manera ordinaria y extraordinaria.

- La convocatoria ordinaria la realiza la Comisión de Participación Comunitaria (COPACO) cada tres meses y la publica, por lo menos, con 10 días naturales de anticipación.

- La convocatoria extraordinaria se realiza a solicitud de 100 personas ciudadanas, residentes en la Unidad Territorial respectiva, o de la Jefatura de Gobierno o la persona titular de la Alcaldía, en caso de emergencias por desastre natural o inminente riesgo social.

- El Instituto Electoral de la Ciudad de México apoyará en la difusión de la convocatoria de forma presencial y a través de la Plataforma. 

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