PLATAFORMA DIGITAL

REVOCACIÓN DE MANDATO

Es un mecanismo de democracia directa mediante el cual la ciudadanía decide que una persona representante de elección popular termine o no de forma anticipada el ejercicio del cargo para el cual fue electa.

Sólo procede una vez, cuando haya transcurrido al menos la mitad de la duración del cargo de representación popular de que se trate. No podrá realizarse en los años en que se lleve a cabo el proceso electoral ordinario local.

CONOCE MÁS

¿Quiénes la pueden solicitar?

La ciudadanía con el respaldo de al menos el 10% de las personas inscritas en la lista nominal del ámbito geográfico respectivo. Tratándose de personas diputadas electas por el principio de representación proporcional, el porcentaje de firmas para solicitarlo será el equivalente al 10% del cociente natural que sirvió de base para la distribución de dicho principio.

Requisitos (cuando es solicitado por la ciudadanía)

- Presentar la solicitud por escrito ante el IECM.

- Anexar un listado con los nombres, firmas y claves de su credencial para votar vigente de las personas solicitantes.

- Nombrar un Comité promotor integrado por hasta cinco personas ciudadanas.

Proceso

1.- El IECM verifica los datos y compulsa de firmas requeridas (10%) dentro de los 30 días naturales siguientes a su recepción.

2.- El Consejo General del IECM resuelve la procedencia de la solicitud dentro de los 10 días naturales posteriores.

3.- De ser aprobada, el IECM emite convocatoria para llevar a cabo dentro de los 70 días naturales posteriores a la convocatoria. 

4.- Los resultados son vinculantes si participa al menos el 40% de las personas inscritas en la lista nominal del ámbito respectivo y que de éstas el 60% se manifieste a favor de la revocación.

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