Se consideran personas mayores a aquellas de 60 años o más, conforme al artículo 3 de la Ley de Reconocimiento de los Derechos de las Personas Mayores y del Sistema Integral para su Atención de la Ciudad de México.
Programa específico para la instrumentación de las consultas a personas jóvenes, mayores, con discapacidad y de la diversidad sexual y de género sobre acciones afirmativas en la postulación de candidaturas en el Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027